Con la creación de este blog de presentación pretendemos explicar en que consisten los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) en la modalidad de "Aulas Profesionales" que es la que se imparte en nuestra UFIL

Tambien proporcionamos enlaces a los blogs de cada uno de los perfiles que se imparten en este centro para que, en función de su disponibilidad, puedas ver como se trabaja en cada uno de los ellos


Te esperamos aquí

Te esperamos aquí
Cercanías RENFE - Línea 5 - Fanjul

Los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI)

Por diversos motivos, algunos alumnos terminan la etapa de Educación Secundaria Obligatoria sin alcanzar los objetivos previstos y, en consecuencia, sin obtener la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. En estas circunstancias, es muy probable que tengan que afrontar una situación laboral de precariedad, debido a su falta de cualificación.

El artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación determina que corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de dieciséis años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año del inicio del programa, que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria obligatoria. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos y padres o tutores, dicha edad podrá reducirse a quince años para aquéllos que una vez cursado segundo no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en secundaria.

En su desarrollo, se han aprobado las siguientes disposiciones:

Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regulan la ordenación académica y la organización de los programas de cualificación profesional inicial que se impartan en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

Orden 3118/2008, de 19 de junio, por la que se regulan en la Comunidad de Madrid las modalidades de Aulas Profesionales y Transición al empleo de los programas de cualificación profesional inicial, establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Objetivos

1. Formar en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
2. Favorecer una inserción sociolaboral satisfactoria.
3. Adquirir las competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.

Estructura de los programas.

Los programas de cualificación profesional inicial incluyen módulos obligatorios y módulos voluntarios.

Los módulos obligatorios son los siguientes:

a) Módulos específicos:

• Módulos profesionales asociados a unidades de competencia de una cualificación profesional de nivel 1.
• Formación en centros de trabajo.

b) Módulos formativos de carácter general:

• Módulo de Formación básica.
•Módulo de Prevención de riesgos laborales
• Módulo de Proyecto de inserción laboral.

Los módulos voluntarios se realizarán una vez superados los módulos obligatorios por quienes deseen obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y se organizarán en torno a tres ámbitos:

Ámbito de comunicación
Ámbito social.
Ámbito científico-tecnológico


Modalidad "Aulas Profesionales"


Finalidad

Facilitar el acceso al mundo laboral a los jóvenes que abandonaron el sistema educativo, se encuentren desescolarizados, en situación de marginación o riesgo de exclusión social y con dificultades para adaptarse al medio escolar o laboral.

Destinatarios

· Se podrán incorporar a los módulos obligatorios los jóvenes que no estuvieran escolarizados en el curso anterior al del comienzo del programa y que, perteneciendo a población en desventaja por motivos de origen social, económico, cultural o étnico, tienen especiales dificultades de inserción laboral. Además, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Cumplir dieciséis o más años en el año de inicio del programa.
b) No haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

· Se dará prioridad a jóvenes desescolarizados con un fuerte rechazo a la institución escolar que hayan abandonado tempranamente la escolaridad obligatoria, así como a jóvenes bajo medidas judiciales y jóvenes procedentes del Instituto Madrileño del Menor y la Familia y la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
· Excepcionalmente, podrá acceder alumnado escolarizado con dificultades para adaptarse al medio escolar o con historial de absentismo debidamente acreditado.
· La edad máxima de permanencia será de 20 años, cumplidos en el año natural en que finalice el curso.

Ratio

12-15 alumnos por grupo.

Duración

La duración mínima de los programas de esta modalidad será de un curso académico, asegurando un total de 1.050 horas de formación. Las enseñanzas se desarrollaran en horario de 30 horas semanales.

Se imparten

En las Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) dependientes de la Consejería de Educación y en colaboración con entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.

Si quieres ampliar esta información pincha aquí


No hay publicaciones.
No hay publicaciones.